Por el cual se autoriza la constitución de unas reservas presupuestales

Rango Decreto
Publicación 1941-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Autorízase la constitución de dos (2) reservas presupuéstales por catorce mil novecientos cuarenta pesos ($ 14.940) y cinco mil quinientos seis pesos con cuarenta y dos centavos ($ 5.506.42) para respaldar los contratos celebrados con Guillermo Tejeiro sobre construcción de la Escuela Industrial de Bucaramanga la primera, y otro celebrado con Julio C. Rey Rojas, como apoderado de Johannes Cornelissen, sobre ejecución del alcantarillado de la Escuela Normal de Barranquilla, la segunda, con cargo al capitulo 70, artículos 949 y 933, respectivamente, de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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