Por el cual se autoriza la constitución de una reserva presupuestal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Autorízase la constitución de una reserva por la suma de dos mil pesos ($ 2.000) para respaldar el contrato celebrado por el Gobierno Nacional con la señora Vicenta Angulo viuda de Cortés, sobre erección de un mausoleo para los restos del doctor Félix Cortés, con cargo al capítulo 68, artículo 908, de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, en el Presupuesto vigente.
Comuniquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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