Por el cual se aprueba la Resolución número 12 de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República

Rango Decreto
Publicación 1953-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República:

"RESOLUCION NUMERO 12 DE 1953

(AGOSTO 25)

La Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República,

en uso de sus atribuciones legales,

RESUELVE:

Artículo 1° Redúcense a US$ 10.00 diarios, con un máximo de US$ 300.00 dentro de cada año, a partir de la fecha en que se otorgue la autorización, los límites establecidos por el artículo 1° de la Resolución número 8 de 18 de septiembre de 1951, para los giros en moneda extranjera a favor de las personas que tengan necesidad de viajar al Exterior.
Artículo 2° Los giros de que trata el artículo anterior continuarán autorizándose dentro de las mismas condiciones actualmente vigentes.
Articulo 3° Esta Resolución regirá a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. Dada en Bogotá a 25 de agosto de 1953.

El Jefe,

Arturo Bonnet

El Secretario General,

Agustín Linares Flórez".

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.