Por el cual se encarga accidentalmente del despacho de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores al Secretario del Tesoro i Crédito nacional
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En observancia de lo dispuesto en el artículo 4.º de la lei de 11 de mayo de 1863, "sobre Secretarías de Estado,"
DECRETA :
Desde el dia 4 del presente mes, i durante el término señalado por la lei, se encargará del despacho de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores el Secretario del Tesoro i Crédito nacional.
Dado en Bogotá, a 3 de julio de 1874.
S. PÉREZ.
El Secretario de Guerra, encargado del Despacho de lo interior i Relaciones Esteriores,
R Santodomingo Vila.
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