Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1985-08-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase el acuerdo número 13 de julio 11 de 1985 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 13 DE 1985

(julio 11)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

disposiciones de los Congresos Cafeteros;

ACUERDA:

Artículo primero. Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia - Fondo Nacional del Café, para recibir de la Corporación Financiera de Occidente S. A., sociedad con domicilio en Pereira, ciento veintiocho mil siete (128.007) acciones, de un valor nominal de cien pesos ($ 100.00) cada una, en pago de la suma de doce millones ochocientos mil setecientos noventa y cinco pesos ($ 12.800.795.00), cantidad que le correspondió por dividendos durante el año de 1984. El excedente, que es igual a noventa y cinco pesos ($ 95.00), lo pagará la sociedad en dinero efectivo.

Artículo segundo. El Gerente General de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia queda facultado para recibir las ciento veintiocho mil siete (128.007) acciones de la Corporación Financiera de Occidente S. A., por su valor nominal que es de cien pesos ($ 100.00) cada una y para celebrar todos los actos jurídicos que sean necesarios en orden al cumplimiento de este acuerdo.

Artículo tercero. Sométase el presente acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los once (11) días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente

(Fdo.) OCTAVIO ARBELAEZ GIRALDO.

El Secretario,

(Fdo.) JORGE ARANGO MEJIA.

ARTICULO 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de agosto de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

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