Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre suspensión y pérdida de pensiones civiles o militares, sueldos de retiro y recompensas

Rango Decreto
Publicación 1942-01-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de las extraordinarias que le confiere el artículo 6º de la Ley 128 de 1941,

DECRETA:

Artículo 1º. Además de las previstas en leyes especiales, serán causales, a juicio del Gobierno, para disponer la suspensión o pérdida de las pensiones civiles o militares, sueldos de retiro y recompensas, las actividades de cualquier clase que en alguna forma afecten o puedan afectar la defensa nacional, o sean contrarias a la seguridad de la Nación o al régimen constitucional y legal vigente.
Artículo 2º. La suspensión o pérdida de las prestaciones enumeradas en el artículo anterior, la dispondrá el Gobierno por medio de resolución motivada, previa información administrativa breve y sumaria.

Parágrafo 1º. La información será levantada por el funcionario que designe el Ministerio al cual esté adscrito el pago de la prestación correspondiente.

Parágrafo 2º. La providencia definitiva sobre suspensión o pérdida de las prestaciones, será comunicada al Ministerio de Hacienda, a la Contraloría General de la República y a las respectivas entidades pagadoras.

Parágrafo 3º. Las resoluciones podrán ser revisadas por el Consejo de Estado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de diciembre de 1941

(Fdo.), EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno

(Fdo.), JORGE GARTNER

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Luis LOPEZ DE MESA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

(Fdo.), Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Guerra,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

José Joaquín CAICEDO CASTILLA

El Ministro de la Economía Nacional,

Marco Aurelio ARANGO

El Ministro de Minas y Petróleos,

Néstor PINEDA

El Ministro de Educación Nacional,

Juan LOZANO Y LOZANO

El Ministro de Correos y Telégrafos

(Fdo.), Luis BUENAHORA

El Ministro de Obras Públicas

(Fdo.), José GOMEZ PINZON

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