por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas

Rango Decreto
Publicación 1990-09-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la Constitución Política, en desarrollo de la Ley 6ª de 1971 y habiendo oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,

DECRETA:

Artículo 1° Fíjanse los siguientes gravámenes arancelarios a las posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indican:

Posición Gravamen %
32078999 20
90260401 15
90260499 15
90270300 15
90278999 15
90280102 5

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir del 25 de septiembre de 1990, previa su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de septiembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

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