Por los cuales se modifica el gravamen arancelario para algunas posiciones del Arancel de Aduanas
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades y en especial de las que le confiere la Ley 6ª de 1971 y previo concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera.
decreta:
Artículo 1° Señálanse los siguientes gravámenes arancelarios a las posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indican:
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