Sobre servicios agrológicos en los Departamentos del Cauca, Huila, Nariño y Valle

Rango Decreto
Publicación 1942-10-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. El Instituto Geográfico Militar y Catastral tendrá derecho a que se le haga, según sus métodos y con la prelación que exija, un mínimo mensual de treinta (30) análisis mecánicos y químicos de los suelos de los Departamentos de Cauca, Huila, Nariño y Valle, en el Laboratorio de Suelos de la Estación Agrícola Experimental de Palmira.
Artículo segundo. De cada uno de los Municipios de los Departamentos mencionados que estudie el Instituto enviará al Departamento Nacional de Agricultura una copia del "Croquis de Zonificación Agrológica" y el Informe Técnico correspondiente, así como también enviará una copia de los trabajos sobre clasificación científica de los suelos que realice en los Municipios del país.

En los Municipios en donde haya Estaciones y Subestaciones Experimentales, el Instituto liará en estos predios un trabajo más detenido de sus suelos.

Parágrafo. El Instituto se reserva el derecho para la publicación de los documentos de que se trata anteriormente.

Artículo tercero. Para el desarrollo de las labores previstas en los artículos anteriores, el Ministerio de la Economía Nacional (Departamento Nacional de Agricultura) designará el Jefe del Laboratorio de Suelos de la Estación Agrícola Experimental de Palmira y cubrirá su respectiva asignación.

El Ministerio de Hacienda (Instituto Geográfico Militar y Catastral) designará el Subjefe del mencionado Laboratorio y un (1) Ayudante, y cubrirá sus respectivas asignaciones.

Artículo cuarto. Estará a cargo del Ministerio de la Economía Nacional (Departamento Nacional de Agricultura) el suministro de elementos complementarios del Laboratorio y los reactivos necesarios para los análisis.

Ejecútese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 del mes de septiembre de 1942.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de la Economía Nacional,

Santiago RIVAS CAMACHO

Digitó: CC1.023.922.646

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