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Por el cual se reduce el pie de fuerza

Texto vigente a fecha 1970-01-02

considerando:

Que por nota de ayer, marcada con el número 30, el señor Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores manifiesta al Poder Ejecutivo del Estado que el señor Presidente de la Union ha convenido en poner a disposicion del Gobierno de Cundinamarca la porcion de Guardia Colombiana que sea indispensable para restablecer el órden público, en caso de que éste sea turbado, i hacer efectivos los derechos inmanentes i políticos de los cundinamarqueses; i

Que en virtud del ofrecimiento espresado, han cesado los motivos que tuvo el Poder Ejecutivo para elevar el pié de fuerza al número que hoi tiene,

decreta:

Art. 1.° Redúcese la fuerza del Estado al número que para el tiempo de paz ordena la lei.

Art.2.° Por la Secretaria de Gobierno se darán las órdenes convenientes para el inmediato cumplimiento de este decreto.

Dado en Bogotá, a 19 de julio de 1879.

R. LÓPEZ.

El Secretario de Gobierno,

Benigno Guarnizo.