Por el cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896
El Vicepresidente de la Republica encargado del Poder Ejecutivo,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Estado ha dado dictámen favorable acerca de la necesidad que hay de abrir al Presupuesto de Gastos del bienio en curso, el crédito extraordinario á que se refiere el presente decreto ; y
Que el Consejo de ministros ha resulto se abrá el mencionado crédito,
DECRETA:
Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896, el crédito extraordinario de cien mil pesos, con la siguiente imputación :
DEPARTAMENTO DEL TESORO
capítulo 69 (gastos varios)
| Artículo 364 bis. Para pagar el importe de cuatro millones en esqueletos de billetes del Banco Nacional, destinados al cambio de los utilizados por el uso | $ 100,000 |
|---|---|
Dado en Bogotá, á 18 de Junio de 1896.
- M. A.CARO.
El Ministro del Tesoro,
Manuel Ponce de León.
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