Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerios de Relaciones Exteriores y Educación Nacional), por $ 3.328.000.00

Rango Decreto
Publicación 1970-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito e incorporarlos al Presupuesto, por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso de los Ministerios de Relaciones Exteriores y Educación Nacional, por un valor total de $ 3.323.000.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 19 de 1970, por $ 320.000.000.00, con base en el reajuste de los estimativos del impuesto sobre la renta y complementarios, de los cuales se utilizan $ 3.328.000.Ó0, para financiar los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y

Que se h a n cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA

Artículo 1°. Adicionanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de tres millones trescientos veintiocho mil pesos ($ 3.328.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral

Presupuesto de Rentas e Ingresos

CAPITULO I

Numeral 1° Impuestos sobre la renta y complementarios $ 3.328.000
Suma el recurso $ 3.328.000
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

Presupuesto de Funcionamiento

Ministerio de Relaciones Exteriores

CAPITULO 115

Ministerio de Relaciones Exteriores

Programa 125

Dirección y Coordinación

Gastos generales

106 112 205. Artículo 1195. Viáticos y gastos de viaje 528.000

Ministerio de Educación Nacional

CAPITULO 280

Ministerio de Educación Nacional

Programa 316

Educación Elemental

Subprograma 2. Educación Primaria General

Magisterio de Primaria, Restaurantes y Territorios Escolares.

Transferencias

203 312 412. Artículo 2917. Aporte a los Departamentos para sueldos del Magisterio $2.800.000
Ordinal 21. Sucre $2.800.000
Suma el crédito $ 3.328.000
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de noviembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro, de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Roselli.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.