Por el cual se destinan a la Comisaría Especial del Amazonas los territorios de la extinguida Colonia Penal y Agrícola de Araracuara

Rango Decreto
Publicación 1975-11-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren los artículo 120 de la Constitución Nacional y 2° del Decreto de 1050 de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 576 de 1971, se suprimió la Colonia Penal y Agrícola de Araracuara:

Que en el artículo 6° de dicho Decreto, se nombró una comisión integrada por un delegado de cada una de los Ministerios de Gobierno, Justicia, Defensa, Agricultura, Salud Pública, Educación y Obras Públicas, por el Comisario del Amazonas y por el Prefecto Apostólico de Leticia, para que asesorara al Gobierno Nacional en los relacionado con la supresión de la Colonia y la utilización del territorio ocupado por la misma:

Que la mencionada comisión en el informa que rindió, recomendó al Gobierno Nacional traspasar los territorios, edificaciones, semovientes, equipos y herramientas del Ministerio de Agricultura, por considerar que este Ministerio era el organismo más indicado para realizar planes de desarrollo integral en esa región del país;

Que en base a lo anterior por Decreto 1720 de 3 de septiembre de 1971, se destinaron al Ministerio de Agricultura los territorios que venían ocupando en la extinguida Colonia Penal y Agrícola de Araracuara, situados en jurisdicción del Caquetá y de la Comisión Especial del Amazonas. Asimismo por este Decreto se faculto al Ministerio de Justicia para ceder al Ministerio de Agricultura las edificaciones, semovientes, equipos y herramientas que en ese entonces poseían los citados territorios, de acuerdo a las normas y procedimientos que sobre el particular señale a la Contraloría General de la República;

Que el Ministerio de Agricultura, pese a los esfuerzos realizados, no está en capacidad de manejar estos territorios por razones geográficas, presupuestales, etc., y, en especial, porque sus funciones son actualmente de formulación y evaluación de la política agropecuaria y en ningún caso operativas, de acuerdo con la reconstrucción que se hizo del sector agropecuario por el Decreto 2420 de 1968;

Que la Comisaria Especial del Amazonas está interesada en administrar esta Colonia y los terrenos que la componen, por estar enmarcados en su mayor parte dentro del territorio de su jurisdicción y en capacidad de cumplir los objetivos para que ha sido destinada;

Que la región cuenta con la población aproximada de 800 de indígenas y de colonos, que se encuentran en deplorables condiciones de desamparo.

DECRETA:

Artículo primero. Destinase a la Comisaría Especial del Amazonas, los territorios que venía ocupando el Ministerio de Agricultura en la extinguida Colonia Penal y Agrícola de Araracuara, territorios que están situados en jurisdicción de la Intendencia del Caquetá y de la Comisaría Especial del Amazonas.
Artículo segundo. Facúltase al Ministerio de Agricultura para ceder a la Comisaría Especial del Amazonas, lo semovientes, edificaciones, equipos y herramientas que actualmente posee en los citados territorios, en concordancia con las normas y procedimientos que sobre el particular señale la Contraloría General de la República.
Artículo tercero. La destinación y cesión a que se refieren los artículos anteriores tienen por objeto la realización de planes de desarrollo integral de la región, bajo la dirección de la Comisaría Especial del Amazonas, la que, para la ejecución de estos programas, deberá aportar los recursos y partidas presupuestales necesarias.
Artículo cuarto. Autorizase a la Comisaría Especial del Amazonas para dictar las reglamentaciones que considero indispensable para la cumplida ejecución y desarrollo de los planes previstos en el presente Decreto.
Artículo quinto. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de octubre de 1975.

Alfonso Lopez Michelsen

El Ministro Gobierno, Cornelio Reyes, El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya, El Ministro de Agricultura, Rafael Pardo Buelvas.

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