Por el cual se crean dos puestos y se hacen los nombramientos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto y hasta el treinta y uno de diciembre próximo, créanse dos puestos de Agentes Recaudadores, dependientes de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, con la asignación mensual de ochenta pesos ($ 80) cada uno, y nómbrase para desempeñar dichos puestos a los señores Jorge Orozco y Mariano Liévano.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de noviembre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO
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