Por el cual se crea una zona de Carreteras. Ministerio de Obras Públicas. (Sección de Conservación de Carreteras y Puentes)

Rango Decreto
Publicación 1952-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo primero. A partir de la fecha del presente escrito crearse la Zona Carretera Nacional de Tuqurres.
Artículo segundo. tazón a mencionar el artículo anterior tendrán a su cargo para efectos de conservación adiciones y mejoras, las siguientes días:

Kms.

Tuquerres-Yacuanquer 49
Túquerres-Espino Rumichaca 55
Túquerres - Samaniego. Sotomayor 84
Guachucal-Chiles 27
Ipiales- La Victoria 38
Espino-Junín en-Diviso 105
Diviso-Barbacoas 57
Kilómetro 15 Cano 25
Total 440
Artículo Tercero. Créase los siguientes cargos en la Zona de Carreteras Nacionales de Túquerres, con las asignaciones mensuales que se detallan a continuación:

Dirección:

1 ingeniero Jefe $ 1.100.00
3 Inspectores, cada uno 350.00
1 Secretario Jefe de Personal 300.00

Caja:

1 Cajero Pagador 450.00
1 Cajero Auxiliar 300.00

Contabilidad estadística:

1 Contador General 400.00

Almacén:

1 Almacenista General 450.00
1 Contador de Almacén 300.00

Sanidad:

1 Médico Jefe 500.00
1 Farmacéutico Enfermero 300.00
Artículo cuarto. De la partida destinada conservación de carreteras nacionales en el presupuesto de la vigencia fiscal en curso, se apropiarán los fondos necesarios para el sostenimiento de las carreteras correspondientes a esta zona.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá 2 de febrero de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELÁEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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