Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuestos de Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1980 en la suma de $ 154.000.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto número 1851 del 15 de julio de 1980 adiciona el Presupuesto de Ingresos y abre unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte de la actual vigencia en la cantidad de $ 154.000.000.00 (ciento cincuenta y cuatro millones de pesos) moneda corriente;
Que dicha partida se debe incorporar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1980, de conformidad con disposiciones legales vigentes;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Inmuebles Nacionales para la vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de $ 154.000.000.00 (ciento cincuenta y cuatro millones de pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, se abren unos créditos y se adiciona el Presupuesto de Gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1980, en la cantidad de $ 154.000.000.00 (ciento cincuenta y cuatro millones de pesos) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de agosto de 1980.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro da Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte.
Enrique Vargas Ramírez.
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