Por el cual se aprueba el Acuerdo número 8 de 1940, diciembre 12, dictado por la Junta de Obras Publicas de la Intendencia Nacional del Meta

Rango Decreto
Publicación 1940-12-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el siguiente Acuerdo:

"ACUERDO NUMERO 8 DE 1940

(diciembre 12)

por el cual se adiciona el presupuesto de rentas y gastos vigente.

La Junta de Obras Públicas de la Intendencia Nacional del Meta,

en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Nacional, por Decreto número 2152, del 4 de los corrientes, destinó, la suma de $ 6.363 para atender a los gastos que demande la campaña de fomento e intensificación del cultivo del arroz en la Intendencia;

Que se hace necesario incorporar esta suma en el presupuesto vigente de la Intendencia Nacional del Meta,

ACUERDA:

Artículo 1° Aprópiase, en el presupuesto de rentas y gastos vigente de la Intendencia Nacional del Meta, como auxilio con destinación concreta para atender a los gastos que demande la campaña de fomento e intensificación del cultivo del arroz en la Intendencia, la suma de seis mil trescientos sesenta y tres pesos ($ 6.363) moneda corriente.

Artículo 2° La suma de seis mil trescientos sesenta y tres pesos ($ 6.363) moneda corriente, de que trata el artículo anterior, se lleva al siguiente artículo del presupuesto de rentas y gastos vigente:

DEPARTAMENTO DE FOMENTO ECONOMICO

Capítulo V.

Al artículo 75, que se adiciona con los siguientes parágrafos:

Parágrafo 3° Para fundación y sostenimiento de granjas o campos de multiplicaciones y selección de semillas, incluyendo construcción de semilleros y secaderos, compra de semilla seleccionada, combustibles, lubricantes, maquinarias, abonos y demás gastos similares $3.405.00
Parágrafo 4° Para pago de prácticos y jornales en el servicio de granjas o campos de demostración 2.958.00
Suma $6.363.00

Artículo 3° La suma de $ 6.363 moneda corriente, con que se adiciona el presupuesto vigente, quedará sometida a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución número 490 de 1936, de la Contraloría General de la República, y la número 121 de 1939; números 39 y 126 de 1940, de la Intendencia Nacional del Meta, en cuanto ellas se relacionen con la aplicación de estas sumas, y por lo tanto, el saldo que arrojaren al liquidarse la presente vigencia, se apropiará en el Acuerdo de distribución del auxilio de la entrante con el mismo fin.

Artículo 4° El presente Acuerdo regirá desde su aprobación por el Organo Ejecutivo.

Dado en Villavicencio a trece de diciembre de mil novecientos cuarenta.

El Presidente,

Gonzalo Combariza

El Secretario,

Jorge Rojas Ortega.

El suscrito Secretario de la Junta de Obras Públicas de la Intendencia Nacional del Meta certifica que el anterior Acuerdo sufrió los dos debates reglamentarios los días 12 y 13 de los corrientes, y que fue aprobado por unanimidad.

Villavicencio, diciembre 13 de 1940.

Jorge Rojas Ortega, Secretario.

--

Intendencia Nacional del Meta - Villavicencio, diciembre trece de mil novecientos cuarenta.

Publíquese y ejecútese si fuere aprobado por el Organo Ejecutivo.

El Intendente,

Gonzalo Combariza M.

El Secretario General,

Carlos Hago Estrada C."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de diciembre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

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