por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 754 de 1982 reglamentario del Decreto-ley 84 de 1980

Rango Decreto
Publicación 1985-08-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Política.

DECRETA:

Artículo 1ºModifícase el Decreto 754 de 1982, en los siguientes términos:

El artículo 1º quedará así:

La unidad administrativa especial creada por el Decreto - ley 84 de 1980, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional se denominará "Universidad Militar Nueva Granada". La unidad es una Institución Universitaria y podrá adelantar con arreglo a las disposiciones legales, programas en la modalidad de formación universitaria en las áreas de Ciencias de la Salud, Ingeniería, Economía, Derecho y las demás que el Consejo Directivo considere conveniente asumir en dicha modalidad y en la de formación avanzada, conforme a las normas que rigen la educación superior.

La expedición de títulos se sujetará igualmente a las disposiciones vigentes sobre la educación superior.

El artículo 15 quedará así:

La Universidad Militar tendrá un Subdirector General que reemplazará al Director en sus ausencias temporales salvo disposición en contrario del Presidente de la República y ejercerá las funciones que le señalen el estatuto orgánico y el presente Decreto.

Para ser Subdirector General, se requiere acreditar alguno de los siguientes requisitos:

El artículo 19 quedará así:

Son funciones de los Decanos:

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de agosto de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Defensa Nacional.

GeneralMiguel Vega Uribe.

La Ministra de Educación Nacional,

Doris Eder De Zambrano.

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