Por el cual se dicta una disposición y se hace un nombramiento en el ferrocarril del Carare
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Divídese en dos la Superintendencia General del Ferrocarril del Carare, así: una para la sección Tunja Vélez, y otra para la sección de Vélez al río Magdalena
Artículo 2.° Nómbrase Superintendente de la sección Tunja-Vélez, al doctor Gabriel Angel Uribe, con la asignación mensual de quinientos pesos ($ 500), El doctor Pablo Vanegas continuará desempeñando las funciones de Superintendente en la sección de Vélez al río Magdalena, con la misma asignación de que disfruta actualmente.
Artículo 3.º Al perfeccionarse los contratos celebrados con las casas P. Lyalll & Sons Construction C.° Ltd. y Siemens Bauunion para la construcción del mencionado ferrocarril, los doctores Uribe y Vanegas tendrán las funciones de Interventores del Gobierno Nacional en los mismos contratos, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de noviembre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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