Por el cual se conceden unas autorizaciones al Alcalde Mayor de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1952-10-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo número 121 de la Constitución Nacional,

decreta:

Artículo 1° Autorízase al Alcalde Mayor de Bogotá, para que eleve a la actual Dirección de Higiene Municipal de Bogotá, a la categoría de Secretaria Municipal, dependiente directamente de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Artículo 2° A la Dirección Municipal de Higiene de Bogotá, que conservará esta denominación, estará asignado todo lo relativo a Higiene y Salubridad de la capital de la República, y su Director gozará de las prerrogativas y derechos de los Secretarios de la Alcaldía Mayor.
Artículo 3° Son aplicables al Director Municipal de Higiene de Bogotá, las disposiciones de la Ley 120 de 1937.
Artículo 4° Autorízase al señor Alcalde Mayor de Bogotá, para reglamentar el presente Decreto, el cual suspende las disposiciones que le sean contrarias y rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de septiembre de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade-El Ministro de Relaciones Exteriores, Juan Uribe Holguín-El Ministro de Justicia, José Gabriel de la Vega-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Guerra, José María Bernal-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Camilo J. Cabal-El Ministro del Trabajo, Manuel Mosquera Garcés-El Ministro de Higiene, Alejandro Jiménez Arango-El Ministro de Fomento, Carlos Villaveces-El Ministro de Minas y Petróleos, Rodrigo Noguera Laborde-El Ministro de Educación Nacional, Lucio Pabón Núñez-El Ministro de Correos y Telégrafos, Carlos Albornoz-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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