Por los cuales se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972 (Congreso Nacional, departamento administrativo nacional de estadística, Ministerios de Hacienda y Crédito Público y trabajo y Seguridad Social), por $ 456.841.83
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 3° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, los créditos adicionales al presupuesto que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República canceló en el Balance del Tesoro de la Nación reservas correspondientes a la vigencia fiscal de 1970, por valor de $ 456.841.83, y a la vez expidió el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972, por igual valor, con base en tales cancelaciones, para amparar la apertura de los créditos presupuéstales destinados a pagar las mismas obligaciones o pasivos exigibles, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y un pesos con ochenta y tres centavos ($ 456.841.83) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 30 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporaran con imputación a los siguientes numerales:
| PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS | |
|---|---|
| Capítulo XV | |
| Recursos del Balance del Tesoro | |
| Numeral 168. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia de 1970, con base en fondos de contrapartidas | 95.370.00 |
| Numeral 170. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia de 1970, con base en recursos ordinarios | 361.471.83 |
| Suman los recursos | $ 456.841.83 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1972. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO | |
| --- | --- |
| Congreso Nacional | |
| Capítulo 001 | |
| Congreso Nacional | |
| Programa 004 | |
| Pago de pasivos exigibles | |
| (Recursos ordinarios) | |
| Artículo 0041. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto | 1.122.00 |
| Ministerio de Hacienda y Crédito Público | |
| Capítulo 0141 | |
| Ministerio de Hacienda y Crédito Público | |
| Programa 0171 | |
| Pago de pasivos exigibles | |
| (Recursos ordinarios) | |
| Artículo 1554. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto | 357.049.83 |
| PRESUPUESTO DE INVERSION | |
| Departamento Administrativo Nacional de Estadística | |
| Capítulo 505 | |
| Departamento Administrativo Nacional de Estadística | |
| Programa 506 | |
| Pago de pasivos exigibles | |
| (Fondos de Contrapartidas) | |
| Artículo 5056. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972, y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto | $ 95.370.00 |
| PRESUPUESTO DE INVERSION | |
| Ministerio de Trabajo y Seguridad Social | |
| Capítulo 620 | |
| Ministerio de Trabajo y Seguridad Social | |
| Pragrama 624 | |
| Pago de pasivos exigibles | |
| (Recursos ordinarios) | |
| Artículo 6230. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto | 3.300.00 |
| Suman los créditos | $ 456.841.83 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1972.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.
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