Por los cuales se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972 (Congreso Nacional, departamento administrativo nacional de estadística, Ministerios de Hacienda y Crédito Público y trabajo y Seguridad Social), por $ 456.841.83

Rango Decreto
Publicación 1973-01-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 3° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, los créditos adicionales al presupuesto que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República canceló en el Balance del Tesoro de la Nación reservas correspondientes a la vigencia fiscal de 1970, por valor de $ 456.841.83, y a la vez expidió el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972, por igual valor, con base en tales cancelaciones, para amparar la apertura de los créditos presupuéstales destinados a pagar las mismas obligaciones o pasivos exigibles, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y un pesos con ochenta y tres centavos ($ 456.841.83) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 30 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporaran con imputación a los siguientes numerales:
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
Capítulo XV
Recursos del Balance del Tesoro
Numeral 168. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia de 1970, con base en fondos de contrapartidas 95.370.00
Numeral 170. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia de 1970, con base en recursos ordinarios 361.471.83
Suman los recursos $ 456.841.83
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1972. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
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Congreso Nacional
Capítulo 001
Congreso Nacional
Programa 004
Pago de pasivos exigibles
(Recursos ordinarios)
Artículo 0041. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 1.122.00
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Capítulo 0141
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Programa 0171
Pago de pasivos exigibles
(Recursos ordinarios)
Artículo 1554. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 357.049.83
PRESUPUESTO DE INVERSION
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
Capítulo 505
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
Programa 506
Pago de pasivos exigibles
(Fondos de Contrapartidas)
Artículo 5056. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972, y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 95.370.00
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Capítulo 620
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Pragrama 624
Pago de pasivos exigibles
(Recursos ordinarios)
Artículo 6230. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1970, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 30 de 1972 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 3.300.00
Suman los créditos $ 456.841.83
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1972.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.

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