Por el cual se fijan unos cargos, asignaciones mensuales y partida de gastos para el Hospital de Mitú (Vaupés)
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 2007 de 1945, se destinó la suma de $ 7.000.00 para los gastos que demande el funcionamiento y sostenimiento del Hospital de Mitú (Vaupés), de propiedad de la Nación, y
Que es de conveniencia la prestación de un servicio de asistencia social en esa región, máxime cuando se cuenta con edificio y dotación suficientes,
DECRETA:
Artículo primero. Fíjanse los siguientes cargos, asignaciones mensuales y partida de gastos para el -Hospital de Mitú (Vaupés), durante los meses de septiembre a diciembre de 1945:
| Médico Director | $ | 480.00 |
|---|---|---|
| Enfermero Farmacéutico | 180 | |
| Sirvienta | 30.00 | |
| Gastos de sostenimiento, hospitalización, drogas, etc | 1.060.000 |
Parágrafo. Estos gastos serán atendidos con la apropiación del capítulo 46, artículo 532-A, del Presupuesto vigente.
Artículo segundo. La suma a que se refiere el artículo anterior, será entregada al Tesorero de la Comisaría del Vaupés, previa incorporación en el presupuesto de la misma, y los comprobantes de gastos serán visados por el Comisario Especial y por el Médico Director del Hospital. El Tesorero rendirá, además de las cuentas a que está obligado, una de información al Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de septiembre de 1945.
ALBERTO LLERAS
El Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho, Carlos PELAEZ-El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, Adán ARRIAGA ANDRADE.
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