Por el cual se distribuyen unas apropiaciones -Ramo de Carreteras Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1951-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 115, artículo 1576 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951. Para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de las siguientes obras:

Capítulo 115-articulo 1576.

Ordinal r). Para la carretera Firavitoba-Panta110 de Vargas $ 180.000.00
Ordinal r). Para gastos de administración, explotación y sostenimiento de Transbordadores. 200.000.00
Suma $ 380.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de febrero de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARREN ECHE-El Secretario General del Ministerio de Obras Públicas, encargado del Despacho, Gabriel RODRIGUEZ FRANCO.

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