Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 500.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
Que el artículo 12 de la Ley 9ª de 1972, facultó al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos, que necesiten ser divididas teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos;
Que en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público existe, el artículo número 1524 del cual el Gobierno considera urgente y necesario distribuir, la cantidad de $ 500.000 por medio del presente Decreto, y Que la Dirección General del Presupuesto encuentra conveniente y ajustadas a las disposiciones legales vigentes la distribución propuesta,
decreta:
Artículo 1° Hácese la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973.
Presupuesto de Funcionamiento.
CAPITULO 141
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Programa 167
Servicios Administrativos
Transferencias.
| 205 - 540 - 430 - Articulo 1524. Gastos calamidades | $ 500.000 |
|---|---|
Ordinales.
| 24 | Para la Junta de Acción Comunal de Simacota con destino al puente el Raizudo | $ 15.000 |
|---|---|---|
| 25 | Para la Junta de Acción Comunal de Simacota con destino Balneario Santa Rosa | 30.000 |
| 26 | Para la Junta de Acción Comunal de Simacota con destino arreglo calles | 30.000 |
| 27 | Para la Junta de Acción Comunal de Simacota con destino construcción embarcadero de ganado | 15.000 |
| 28 | Para la Junta de Acción Comunal de Simacota con destino arreglo carretera Chima | 35.000 |
| 29 | Para la Junta de Acción Comunal de Oiba con destino plaza de mercado | 50.000 |
| 30 | Para la Junta de Acción Comunal de Oiba con destino dotación ancianato | 10.000 |
| 31 | Para la Junta de Acción Comunal del Socorro con destino arreglo carretera Simacota | 35.000 |
| 32 | Para la Junta de Acción Comunal del Barrio Chiquinquirá del Socorro con destino a la Casa del Mendigo | 25.000 |
| 33 | Para la Junta de Acción Comunal de Suaita con destino plaza de ferias | 50.000 |
| 34 | Para la Junta de Acción Comunal de Suaita con destino arreglo carretera a Vado - Real | 40.000 |
| 35 | Para la Junta de Acción Comunal de Suaita con destino arreglo carretera a San José | 25.000 |
| 36 | Para la Junta de Acción Comunal de Olival con destino electrificación | 20.000 |
| 37 | Para la Junta de Acción Comunal de Curiti con destino a la concentración escolar | 20.000 |
| 38 | Para la Junta de Acción Comunal de Valle de San José con destino a acueducto el Copero | 10.000 |
| 39 | Para la Junta de Acción Comunal de San Gil con destino reparación puente Pueblo Nuevo - Casa de Mercado | 20.000 |
| 40 | Para la Junta de Acción Comunal Vereda el Volador Municipio de San Gil para arreglo carretera | 10.000 |
| 41 | Para la Junta de Acción Comunal Vereda el Colorado Municipio de San Gil con destino a la escuela | 10.000 |
| 42 | Para la Junta de Acción Comunal de Curitia Vereda Cántabra con destino al puente sobre esta quebrada en el camino que conduce a Colmenitas | 10.000 |
| 43 | Para la Junta de Acción Comunal de Coromero con destino obras municipales | 20.000 |
| 44 | Para la Junta de Acción Comunal del Valle de San José con destino al Puente la Sabacuta | 10.000 |
| 45 | Para la Junta de Acción Comunal de Pinchote con destino escuela Vereda al puente sobre esta quebrada en el Santa Cruz | 10.000 |
| Suma la distribución | $ 500.000 |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 9 de noviembre de 1973.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.
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