Por el cual se autoriza al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educaci?n Superior ICFES, y a las instituciones Oficiales de Educaci?n Superior para constituir una Caja de Compensaci?n Familiar
EI Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el ICFES y las Instituciones Oficiales de Educación Superior han decidido aunar recursos para desarrollar programas de bienestar social a través de una Caja de Compensación Familiar que beneficia al personal vinculado a dichas entidades;
Que de conformidad con el artículo 21 del Decreto-ley 130 de 1976 se exige para la participación de entidades públicas en la constitución de asociaciones y sociedades, la autorización expresa conferida por la ley o Gobierno Nacional.
DECRETA:
Artículo 1º. Autorizar al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y a las Instituciones Oficiales Nacionales de Educación Superior, para. participar en la constitución de una Caja de Compensación Familiar que beneficie al personal vinculado al sistema de educación superior.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogota, D. E., a 2 de agosto de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Educación Nacional,
Carlos Albán Holguin.
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