por el cual se reforma el ordinal c) del Decreto número 500 de 1937
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo primero. La delegación presidencial conferida a los Ministros del Despacho Ejecutivo en el ordinal c) del Decreto número 500 de 1937, para el nombramiento de empleados de sus dependencias, queda ampliada hasta asignaciones mensuales de trescientos pesos.
Artículo segundo. En los anteriores términos se reforma el ordinal c) del Decreto número 500 de 1937.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de julio de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Justicia,
Miguel SANJUAN
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