Por el cual se crea la Oficina de Control de Centros de Higiene y se hacen unos nombramientos
El Primer Designado, Encargado de la Presidenciade la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1°. De conformidad con la Ley 1a de 1931, créase la Oficina de Control de Centros de Higiene, anexa al Departamento de Servicios Coordinados de Higiene del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, con el siguiente personal y asignaciones mensuales:
| Un Epidemiólogo-Visitador | 320 00 |
|---|---|
| Un Dentista-Revisor | 250.00 |
| Un Revisor-Visitador | 250.00 |
| Un Veterinario-Revisor | 250.00 |
Artículo 2°. Hácense los siguientes nombramientos para proveer los cargos creados en el artículo anterior:
Epidemiólogo-Visitador, doctor Eduardo Ucrós García.
Dentista-Revisor, doctor José Barrientos H.
Revisor-Visitador, señor José María Torres.
Veterinario-Revisor, doctor Manuel Clavijo Peralta.
Artículo 3°. Nómbrase Ingenieros Sanitarios para la Sección de Saneamiento del Departamento de Ingeniería Sanitaria del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, de conformidad con el Decreto número 1772 de 1943, a los doctores Carlos Calvache y Luis Pachón Rojas.
Artículo 4°. El presente Decreto regirá desde su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 22 de noviembre de 1943.
DARIO ECHANDIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Trabajo Higiene y Previsión Social,
Jorge Eliecer GAITAN
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