Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Departamento Administrativo de Seguridad y Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Desarrollo Económico y Minas y Energía) por $ 18.258.000.00

Rango Decreto
Publicación 1975-11-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974 facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos del Departamento Administrativo de Seguridad y los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Desarrollo Económico y Minas y Energía por $18.258.000.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 15 de 1975 por $5.226.848.800.00, correspondiente al mayor producto de las rentas globalmente consideradas, de los cuales se utilizan $ 18.258.000.00 para financiar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la Cantidad de dieciocho millones doscientos cincuenta y ocho mil pesos ($ 18.258.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

CAPITULO 11

Numeral 110-C. Mayor producto de las rentas globalmente consideradas (artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973) 18.258.000.00
Suma el recurso $ 18.258.000.00
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales, al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

CAPITULO 030

departamento administrativo de seguridad nacional

Programa.030

Dirección y Administración del Departamento

Servicios Personales:

101-111-103-Artículo 0301. Sueldos del personal de nómina 3.815.330.00
102-111-117-Artículo 0304. Prima de navidad 312.915.00
102-111-129-Artículo 0307. Subsidio familiar 107.811.00

Transferencias:

201-331-404-Artículo 0317. Fondo Nacional de Ahorro 739.892.00

Programa 031

Desarrollo Operativo

Servicios personales:

101-133-103-Artículo 0318. Sueldos de personal de nómina 4.319.620.00
102-133-117-Artículo0320. Prima de navidad 352.571.00

Programa 032

Servicio de Docencia y Capacitación.

Servicios Personales:

101-133-103 Artículo 0327. Sueldos del personal de nómina 207.820.00
102-133-117 Artículo 0328. Prima de navidad 144.041.00

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CAPITULO 200

DESPACHO DEL MINISTRO

Programa 200

Dirección y Administración Superior.

Servicios Personales:

102-111-117-Artículo 2006. Prima de navidad 249.622.00

Transferencias:

204-331-414-Artículo 2023. Fondo Nacional de Ahorro 2.806.518.00.

Programa 201

Administración Especial de Trabajo.

Servicios Personales:

102-331-117-Artículo 2027 Prima de navidad 1.152.833.00

Programa 202

Empleo y Promoción Social

Servicios Personales:

102-331-117-Artículo 2038. Prima de navidad 731.308.00

Programa 203

Seguridad Social.

Servicios Personales:

102-331-117-Artículo. 2048. Prima de navidad 355.485.00

CAPITULO 201

superintendencia nacional de cooperativas

Programa 205

Fomento y Vigilancia Cooperativos

Servicios Personales:

102-335-117-Artículo 2072. Prima de navidad 482.395.00

ministerio de desarrollo económico

CAPITULO 230

Despacho del ministro.

Programa 230

Dirección y Administración

Servicios Personales:

102-111-117-Artículo 2305 Prima de navidad 80.000.00

Transferencias:

201-331-404-Artículo 2318 Fondo Nacional de Ahorros 538.886.00

CAPITULO 231

división de programación sectorial

Programa 231

Programación Sectorial

Servicios Personales

102-251-117-Artículo 2322. Prima de navidad 24.120.00

CAPITULO 232

división de comercio exterior

Programa 232

Comercio Exterior

Servicios Personales

102-281-117-Artículo 2333. Prima de navidad 7.120.00

CAPITULO 233

división de desarrollo comercial

Programa 233

Desarrollo Comercial

Servicios Personales

102-281-117-Articulo 2343. Prima de I navidad 9.420.00

capítulo 234

división de desarrollo urbano y turístico

Programa 234

Desarrollo Urbano y Turístico.

Servicios Personales

102-371-117-Artículo 2354. Prima de navidad 7.340.00

CAPITULO 235

superintendencia de industria y comercio

Programa 235

Industria y Comercio

Servicios Personales:

102-251-1-17-Artículo 2367. Prima de navidad 350.000.00

capítulo 236

superintendencia nacional de producción y precios

Programa 236

Tarifas y Precios.

Servicios Personales:

102-251-117-Artículo 2383. Prima de Navidad 86.470.00

CAPITULO 237

superintendencia de sociedades

Programa 237

Inspección y Control de Sociedades.

Servicios Personales:

102-113-117-Artículo 2399. Prima de navidad 318.580.00

Transferencias:

202-332-402-Artículo 2413. Corporanónimas 274.285,00

ministerio de minas y energía

CAPITULO 245

despacho del ministro

Programa 245

Dirección y Administración.

Servicios Personales:

102-111-117-Artículo 2456. Prima de navidad 96.740.00

Transferencias:

201-331-401-Artículo 2468. Fondo Nacional de Ahorro 472.312.00

CAPITULO 246

dirección general de hidrocarburos

Programa 246

Fomento de la Industria de Hidrocarburos,

Servicios Personales:

102-241-117-Artículo 2471 Prima de navidad 85.786.00

CAPITULO 247

dirección general de minas

Programa 247

Fomento de la Industria Minera.

Servicios Personales:

102-231-117-Artículo 2482. Prima de navidad 129.580.00.
Suman los créditos adicionales $ 18.258.000.00
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E" á 27 de octubre de 1975.

Alfonso Lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.

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