Por el cual se aclara el Decreto número 2057 de 5 de agosto de 1953

Rango Decreto
Publicación 1953-09-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 2057, de 5 de agosto de 1953, por el cual se hacen unas supresiones y se modifican unas asignaciones en el Ministerio de Comunicaciones, en su artículo 2°, fija unas asignaciones mensuales en el personal de las Oficinas Directas del Ministerio de Comunicaciones, a partir del primero de agosto próximo;

Que habiendo sido elaborado el citado Decreto en el mes de julio se demoró su tramitación en el Ministerio de Hacienda y sólo fue firmado el 5 de agosto de 1953, de lo cual aparece que sólo entraría a regir a partir del primero de agosto de 1954 cuando la intención fue que rigiera a partir del primero de agosto de 1953,

DECRETA:

Artículo único. Aclárase el Decreto número 2057 de 5 de agosto de 1953, en el sentido de que sus disposiciones regirán desde el primero de agosto de 1953.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de septiembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Comunicaciones,

Coronel Manuel Agudelo G.

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