por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto número 1871 de 1996
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 1°, del Decreto 1871 del 16 de octubre de 1996, quedara así:
"Artículo 1°. Desígnase como Ministro Ad hoc para conocer todos los asuntos por los cuales s declaro impedido el Ministerio del Medio Ambiente, los cuales se hallan consignados en su comunicación del 9 de enero de 1996 sometida a consideración del Consejo de Ministros, a la señora Ministra de Salud, doctora María Teresa Forero de Saade".
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 18 de diciembre de 1996.
ERNERTO SAMPER PIZANO
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