por el cual se concede una subvención
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
que según acuerdo firmado entre el Ministerio de Educación Nacional y el señor Enrique Rambal García, en su condición de empresario de la Compañía Lírica Italiana, que hoy actúa en el Teatro Municipal de Lima, éste se compromete a presentar en esta ciudad entre el 19 de julio y el 7 de agosto del año en curso, en el Teatro de Colón, la Compañía Lírica Italiana, que representa, con un elenco exactamente igual al que esta actuando en el Teatro Municipal de Lima,
DECRETA:
Artículo 1° Subvenciónase con la suma de diez mil pesos, moneda corriente ($ 10.000.00 moneda corriente), a la Compañía Lírica Italiana, por concepto de la temporada de ópera que presentará en el Teatro de Colón de esta ciudad, entre el 19 de julio y el 7 de agosto del año en curso, con un elenco igual al que está actuando en el Teatro Municipal de Lima.
Artículo 2° La subvención a que se refiere el artículo anterior, se pagará una vez firmado el presente Decreto al señor Enrique Rambal García; en su condición de empresario de la expresada Compañía Lírica Italiana, a la presentación de las respectivas cuentas de cobro, visadas por el Departamento de Extensión Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Educación Nacional, con imputación al Capítulo 89, artículo 1105 del Presupuesto Nacional vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 12 de junio de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ.
ElMinistro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Educación Nacional Maniel MOSQUERA GARCES.
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