Por el cual se señala el personal del Ministerio de Comunicaciones, que debe ser nombrado por Decreto

Rango Decreto
Publicación 1953-09-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Decreto número 1891 de 1953, (julio 17), autorizó al Gobierno Nacional para fijar los empleados en cada Ministerio, cuyo nombramiento y remoción deba ser hecho por Decreto ejecutivo,

DECRETA:

Artículo 1° Deberán nombrarse por Decreto ejecutivo, los siguientes empleados pertenecientes al Ministerio de Comunicaciones: Secretario General; Oficial Mayor de la Secretaría General; Abogado Consultor Jefe de la Sección Jurídica; Jefe de la Sección de Personal: Visitadores Generales; Ingeniero-Jefe de la Sección de Planificación, Coordinación y Estadística; Jefe de la Sección de Contabilidad y Presupuesto: Habilitado Pagador; Proveedor-Almacenista; Jefe Nacional de Correos; Jefe de la Sección Internacional; Jefe del Departamento de Telecomunicaciones; Jefe del Departamento do Giros; Jefe de Contabilidad del Departamento de Giros; Cajero Principal, Auxiliares, Cajero Liquidador, Cajero Recibidor, Cajeros Pagadores de Giros Postales, Telegráficos e Internacionales, del Departamento de Giros; Cajero Almacenista de Especies Postales; Jefe del Departamento de Radiodifusión, Radioteléfonos y Televisión; Visitadores de Radiodifusión; Administrador Principal de Correos de Bogotá y Administradores Principales de Correos de las capitales de Departamentos; Jefe de la Central de Telégrafos de Bogotá y Jefes de Telégrafos de las capitales de Departamentos; Oficiales Auxiliares Primeros y Ayudantes Primeros de Giros y Oficiales Primeros, Auxiliares Primeros y Ayudantes Primeros de Encomiendas y Valores de las Oficinas Postales de las capitales de Departamentos; Inspectores de Telégrafos.
Artículo 2° Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de septiembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Comunicaciones,

Coronel Manuel Agudelo G.

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