Por el cual se adiciona el Decreto número 1902 de 6 de agosto de 1945

Rango Decreto
Publicación 1945-09-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. La Sección de Alfabetización y Construcciones Escolares, creada por Decretó número 1902, del 6 de agosto del corriente año, será presidida por el Secretario General del Ministerio de Educación o por un delegado suyo, que lo será el Jefe de Educación Primaria, tal como lo establece el citado Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de septiembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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