Por el cual se ordena la expropiación de un inmueble en jurisdicción del Municipio de Cali, por motivos de utilidad pública, con destino a la Empresa Nacional de Comunicaciones

Rango Decreto
Publicación 1955-09-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 21 de 1917, en su artículo 1°, numeral 9°, ha definido como motivo de utilidad pública para decretar la enajenación forzosa de la propiedad, el establecimiento de servicios telefónicos, telegráficos, radiotelefónicos y radiotelegráficos, así como el establecimiento de las oficinas necesarias para esta clase de servicios;

Que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones requiere para la instalación de los servicios radiotelegráficos y radiotelefónicos, la adquisición de un inmueble situado en el área urbana de la ciudad de Cali, distinguido en la actual nomenclatura con los números 10-17 y 10-29 de la carrera séptima, en donde es propietaria de los lotes adyacentes;

Que no ha sido posible llegar a un arreglo amigable con los propietarios del inmueble citado, para adquirirlo;

Que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones es una entidad oficial, con capital del Estado, destinada a la prestación de servicios públicos de comunicaciones,

DECRETA:

Artículo 1° La Empresa Nacional de Telecomunicaciones procederá a la expropiación, por causa de utilidad pública, de un inmueble situado en el área urbana del Municipio de Cali, distinguido en la actual nomenclatura con los números 10-17 y 10-29 de la carrera séptima, y comprendido dentro de los siguientes linderos:

"Por el Norte, con inmuebles de propiedad de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones; por el Sur, con la carrera séptima; por el Occidente, con el Edificio "Borrero Ayerbe" (hoy de Telecomunicaciones), y por el Oriente, con propiedad de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

Artículo 2° Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrio Muñoz.

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