Por el cual se hace la distribución parcial de una partida

Rango Decreto
Publicación 1957-12-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo único. De la partida asignada en el Capítulo 205, artículo del Presupuesto de

la vigencia en curso, "para construcción de edificios, estanques y obras, hidráulicas, en las dependencias de la Sección de Caza, .Piscicultura y Pesquerías, en el país, en el año", hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 205

Artículo 2334

Ordinal 1°

Para la construcción, dentro del terreno cedido al efecto por el Municipio de Buga, de una edificación para la Estación Piscícola Nacional, en dicha ciudad, con sujeción a los pianos y especificaciones suministrados por el Ministerio de Agricultura $ 20.000.00

Parágrafo. Esta suma será girada al Contador Pagador de la Zona Agropecuaria del Valle del Cauca, y el Ministerio de Agricultura, por medio de resoluciones, reglamentará .su inversión.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 14 noviembre de 1957.

Mayor General Gabriel París G,

Presidente de la .Junto,

Mayor GeneralDeogracias Fonseca Contraalmirante Rubén Piedrahita .A. Brigadier -General RafaelNavas Pardo Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,Antonio Almirez Restrepo. -El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar

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