Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1934-12-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 30 de noviembre último, aprobó la solicitud de autorización del Departamento Nacional de Higiene para efectuar dentro del Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia en curso los traslados a que el presente Decreto se refiere,

DECRETA:

Artículo único. Hácense en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso los siguientes traslados:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE

Del capítulo 63, articulo 299 $ 6,000
Del capítulo 67, artículo 335 1,000
Del capítulo 67, artículo 338 3,450
Al capítulo 63, artículo 291 5,000
Al capítulo 63, artículo 293 3,200
Al capítulo 64, artículo 304 300
Al capítulo 65, artículo 309 1,950

Comuníquese, cúmplase y dese cuenta a la Contraloría General de la República para lo de su cargo.

Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno, •

Darío ECHANDIA

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