Por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto número 2058 de 1939
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo 1° La prórroga de noventa días de la Comisión que estudia el proyecto del Código Nacional de Policía a que se refiere el artículo 2° del Decreto número 2058 de 1939, se cuenta desde el 16 de septiembre del corriente año, fecha en la cual venció la vigencia del Decreto número 1676 de 1938.
Articulo 2° Queda en estos términos modificado el artículo 2° del Decreto número 2058 de 1939 en referencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de diciembre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Gobierno,
Alfonso ARAUJO
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