Por el cual se hace la distribución parcial de una partida

Rango Decreto
Publicación 1958-01-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo 206, artículo 2358 del Presupuesto de la vigencia en curso para auxilio a las Ferias Exposiciones Agrícolas y Pecuarias en el país, Ley 224 de 1938, artículo 10, en el año, hácese la siguiente distribución:
Capítulo 206 Artículo 2358 Ordinal 30
Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Feria-Exposición Agropecuaria que se llevará a cabo en la ciudad de Armenia (Caldas), en el presente año $5.000.00
Capítulo 206 Artículo 2358 ordinal 31 Capítulo 206 Artículo 2358 ordinal 31
Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Feria-Exposición Agropecuaria que se llevará a cabo en el Municipio de Carcasi (Santander del Sur), en el presente año $ 500.00
Artículo segundo. El pago de los aportes y auxilios ordenados en este Decreto, su manejo e inversión, y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, se efectuarán con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones.

Comuníquese publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 14 de septiembre de 1956.

Gral Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Agricultura,

Hernando Salazar Mejía.

(Publicado en el Diario Oficial número 29151 de fecha 2 de octubre de 1956).

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