Por el cual se hacen unos traslados dentro del presupuesto de la actual vigencia

Rango Decreto
Publicación 1934-12-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros tuvo a bien acceder a la solicitud hecha por el Despacho de Industrias y Trabajo en oficio número 1131 del 30 de noviembre último para verificar unos traslados,

DECRETA:

Artículo 1° Hacense los siguientes traslados dentro del Presupuesto vigente:
Del artículo 123, Capítulo 36 $ 1,800
Del artículo125, capítulo 37 3,000
Del artículo 128,capítulo 37 1,000
Del artículo 131 bis, capitulo 38 2,500
Al artículo 121, capítulo 35 1,000
Al artículo 127, capitulo 2,500
Al artículo 131, capitulo 38 500
Al artículo 137, capitulo 39 3,000
Al artículo 140, capítulo 39 1,000
Al artículo 142, capítulo 39 300
$ 8,300
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Artículo 2° Dése conocimiento de este hecho al señor Contralor General de la República,

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1934:

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Industrias y Trabajo,

León CRUZ SANTOS

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