Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que en sesión dé fecha 30 de noviembre pasado el honorable Consejo de Ministros emitió dictamen favorable acerca de los traslados propuestos por el señor Ministro de Correos y Telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que tratan los artículos 221, 222, 224, 226 y 229, capítulos 50 y 51, del Presupuesto vigente,
DECRETA:
Artículo 1º Trasládanse las siguientes sumas:
AQUI PDF DIARIO OFICIAL 22772 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 5.
Artículo 2º Dése cuenta de los anteriores traslados al señor Contralor General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Benjamín SILVA HERRERA
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