Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 2.430.294.30

Rango Decreto
Publicación 1970-12-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1.º del artículo 56 de la Ley11 de 1969, faculto al Gobierno Nacional para incorporar, por medio de decreto, al Presupuesto de nuevos recursos tributarios o del crédito y para abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Superintendente Bancario ha solicitado la apertura de unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, de dicha Superintendencia, para incrementar algunas apropiaciones que resultaron deficientes por un valor total de $ 2.430.294.30, con base en el mayor producto de las contribuciones que pagan las entidades sometidas al control de dicha entidad;

Que con base en el artículo 85 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 27 de 1970, por $ 2.430.294.30, para amparar los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1.º Adiciónase los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de dos millones cuatrocientos treinta mil doscientos noventa y cuatro pesos con 30/100 ($ 2.430.294.30) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 27 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

CAPÍTULO VIII

Numeral 68. Contribución de los bancos y entidades sujetas al control de la Superintendencia Bancaria $ 2.430.294.30
Suma el recurso $ 2.430.294.30
Artículo 2.º con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO

CAPITULO 140

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

PROGRAMA 168

Inspección y Control Bancario

Servicios Personales.

102 113 117 Articulo 1514.Prima de navidad $ 50.000.00

Gastos generales.

105 143 203 Articulo 1519. Compra de equipo 120.000.00

Transferencias.

202 331 402 Articulo 1527. Caja de Previsión Social Superbancaria 2.260.294.30
Suman los créditos $ 2.430.294.30
Articulo 3.º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de noviembre de 1970.

misael pastrana borrero

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Patiño Rosielli.

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