Por el cual se modifica el marcado con el número 2021 de 1926, reorgánico de la sección primera del ferrocarril central del Norte

Rango Decreto
Publicación 1927-02-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Suprímense los siguientes puestos en la sección primera del ferrocarril central del Norte:

Inspector General de construcción, Secretario del Ingeniero Jefe de la Empresa, Secretarios de los Ingenieros de Sección y primer Dibujante de la Oficina General de Ingeniería.

Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la misma empresa:

Un Ingeniero de replanteo con. $ 350 mensuales
Un Ayudante del Ingeniero Jefe de construcción, con 250
Un encargado de la Oficina del trabajo, con 100
Un Ingeniero Ayudante del Ingeniero Jefe de la Oficina General de Ingeniería, con 280
Cuatro Ingenieros Ayudantes de los Ingenieros de sección de construcción, cada uno con 250
Un Médico de línea, residente en Bucaramanga, con 150

Artículo 3° Fíjanse como asignaciones mensuales de los empleados que se expresan a continuación, las siguientes:

Pagador de línea $ 250
Jefe de tráfico 180
Inspector de herramientas 120
Segundo Dibujante de la Oficina General de Ingeniería 200
Terceros Dibujantes de la misma, cada uno con 170

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.

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