Por el cual se modifica el marcado con el número 2021 de 1926, reorgánico de la sección primera del ferrocarril central del Norte
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Suprímense los siguientes puestos en la sección primera del ferrocarril central del Norte:
Inspector General de construcción, Secretario del Ingeniero Jefe de la Empresa, Secretarios de los Ingenieros de Sección y primer Dibujante de la Oficina General de Ingeniería.
Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la misma empresa:
| Un Ingeniero de replanteo con. | $ | 350 | mensuales |
|---|---|---|---|
| Un Ayudante del Ingeniero Jefe de construcción, con | 250 | ||
| Un encargado de la Oficina del trabajo, con | 100 | ||
| Un Ingeniero Ayudante del Ingeniero Jefe de la Oficina General de Ingeniería, con | 280 | ||
| Cuatro Ingenieros Ayudantes de los Ingenieros de sección de construcción, cada uno con | 250 | ||
| Un Médico de línea, residente en Bucaramanga, con | 150 |
Artículo 3° Fíjanse como asignaciones mensuales de los empleados que se expresan a continuación, las siguientes:
| Pagador de línea | $ | 250 |
|---|---|---|
| Jefe de tráfico | 180 | |
| Inspector de herramientas | 120 | |
| Segundo Dibujante de la Oficina General de Ingeniería | 200 | |
| Terceros Dibujantes de la misma, cada uno con | 170 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
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