Por el cual se dispone la entrega de unos bienes del Ferrocarril de Barranquilla al Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que existen algunos bienes del Ferrocarril de Barranquilla, situados en Puerto Colombia, que no tienen destinación especial n i están comprendidos por el encargó fiduciario conferido al Banco Central Hipotecario, y que existe además la zona que ocupó la línea férrea de dicha Empresa, entre Barranquilla y el referido puerto, zona que fue destinada para la construcción de una vía carreteable, por Decreto número 2315 del 28 de septiembre de 1944, y
Que para la administración y conservación de tales bienes es conveniente que pasen a poder del Ministerio de Obras Públicas, en lo cual está de acuerdo el Consejo Administrativo de los Ferrcarrles Nacionales,
DECRETA :
Artículo 1° El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales entregará al Ministerio de Obras Públicas todos aquellos inmuebles que pertenecieron al Ferrocarril de Barranquilla, y que se encuentren situados en jurisdicción del Municipio de Puerto Colombia, que no tengan destinación especial para servicios oficiales, ni se encuentren comprendidos por el encargo fiduciario conferido al Banco Central Hipotecario.
También procederá el Consejo a entregar al Ministerio de Obras Públicas la zona que ocupaba la línea férrea entre Barranquilla y Puerto Colombia.
Artículo 2° La referida entrega se hará por medio de comisionados, y se dejará constancia de ella en acta, de la cual se enviarán sendos ejemplares al Ministerio de Obras Públicas y al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles.
Artículo 3° El Ministerio de Obras Públicas adelantará las gestiones que se estimen oportunas y ejecutará los derechos a que pueda haber lugar respecto de los inmuebles que reciba, situados en jurisdicción de Puerto Colombia, y que hayan sido afectados por actos de terceros.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Luis Ignacio ANDRADE
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