Por el cual se adscriben unas funciones a unos cargos de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y constitucionales,
decreta:
Artículo 1.° Adscribir al cargo de Jefe de División VI-28 de la División de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la función de llevar la representación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en asuntos relacionados con la
Administración de Personal, en los juicios para los cuales el Ministro de Hacienda y Crédito Público confiare el respectivo poder.
Artículo 2.° Adscribir al cargo de Jefe de Sección V-23 de la Sección de Asuntos Laborales de la División de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la función de llevar la representación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en asuntos relacionados con la Administración de Personal, en los juicios para los cuales el Ministro de Hacienda y Crédito Público confiere el respectivo poder.
Artículo 3.° Adscribir al cargo de Abogados IV-22 y III-20 de la Sección de Asuntos Laborales de la División de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la función de llevar la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en asuntos relacionados con la Administración de Personal, en los juicios para los cuales el Ministro de Hacienda y Crédito Público confiere el respectivo poder.
Artículo 4.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D., E., a 3 de octubre de 1977
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Saturia Esguerra Portocarrero.
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