Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Justicia)

Rango Decreto
Publicación 1953-09-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:
MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA
CAPITULO 24 CAPITULO 24 CAPITULO 24
-Juzgados Municipales y Territoriales. - -Juzgados Municipales y Territoriales. - -Juzgados Municipales y Territoriales. -
Del artículo 208-Para sueldos del personal de los Juzgados Municipales de la República, en el año $ 27.900.00
Suman los contracreditos 27.900.00
Al artículo 209-Para sueldos del personal de los Juzgados Territoriales, en el año $ 27.900.00
Suman los créditos $ 27.900.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de septiembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Justicia,

Antonio Escobar Camargo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

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