Por el cual se aprueba el marcado con el número 21 de 1940, diciembre 10, dictado por el Comisario Especial del Vaupés
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:
"DECRETO NUMERO 21 DE 1940
(diciembre 10)
por el cual se apropia una partida y se hacen unos traslados en el presunto comisarial de la actual vigencia.
El Comisario Especial del Vaupés,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
- a) que al cerrarse la vigencia fiscal del año de 1939, quedó un saldo en caja de $ 598.67, que hasta la fecha no ha sido apropiado; y
- b) Que algunas de las partidas asignadas en el actual presupuesto no fueron suficientes para atender a los servicios a que se destinaron no siendo posible prescindir de ellos por razón de su importancia para la administración del Territorio,
DECRETA:
Articulo 1° Aprópiase el saldo de la vigencia fiscal del año de 1939, o sea la suma de quinientos noventa y ocho pesos sesenta y siete centavos ($ 598.67) para aumentar la partida contenida en el actual presupuesto --Departamento de Correos, capítulo VIII, artículo 10--para conducción de correos en el Territorio, de acuerdo con el Decreto ejecutivo número 1309 de 1939.
Artículo 2° Hácense en el presupuesto comisarial de la actual vigencia los siguientes traslados:
| DEPARTAMENTO DE GOBIERNO |
|---|
| Capítulo I. |
|---|
| Del artículo 3° Sueldos del Recaudador de Rentas de San José el Guaviare $ 20 mensuales, por haber sido prestado ese servicio | 240.00 | |
|---|---|---|
| DEPARTAMENTO DE SANIDAD | DEPARTAMENTO DE SANIDAD | DEPARTAMENTO DE SANIDAD |
| Capítulo VII. | Capítulo VII. | Capítulo VII. |
| Del artículo 9° Para comprar un microscopio, accesorios y reactivos de laboratorio, por no haber sido efectuado dicho gasto en el año | 500.00 | |
| DEPARTAMENTO DE NAVEGACION | DEPARTAMENTO DE NAVEGACION | DEPARTAMENTO DE NAVEGACION |
| Capítulo IV. | Capítulo IV. | Capítulo IV. |
| Al artículo 6° Para comprar combustible, repuestos y transportes para las lanchas oficiales | 140.00 | |
| DEPARTAMENTO DE SANIDAD | DEPARTAMENTO DE SANIDAD | DEPARTAMENTO DE SANIDAD |
| Capítulo VII | Capítulo VII | Capítulo VII |
| Al artículo 9° Sueldo de un Médico Jefe de la Comisión Sanitaria, a $ 300 mensuales | 600.00 | |
| Suman los traslados | $740.00 | 740.00 |
| Artículo 3° Sométase el presente Decreto a la aprobación del Organo Ejecutivo Nacional. | Artículo 3° Sométase el presente Decreto a la aprobación del Organo Ejecutivo Nacional. | Artículo 3° Sométase el presente Decreto a la aprobación del Organo Ejecutivo Nacional. |
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Dado en Mitú a diez de diciembre de mil novecientos cuarenta,
El Comisario Especial,
Miguel Cuervo Aráoz
El Secretario General,
Miguel Navarro B."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de diciembre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
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