Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1971
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio, del Decreto número 2030 de octubre 19 de 1971, el Gobierno Nacional adicionó él presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas en la cantidad de tres millones trescientos cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y seis pesos ($ 3.346.756) moneda corriente, para la construcción y reconstrucción de la carretera Pasto Popayán en el sector Gano-Timbío, con base en el producto del empréstito número 246 SF-CO: del Banco Interamericano de Desarrollo BID.
Que de acuerdo con disposiciones legales vigentes dicha partida debe incorporarse al presupuesto de ingresos y gastos de la actual vigencia, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º. Adicionase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 197-1, en la cantidad de tres millones trescientos cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y seis pesos ($ 3.346.756.C0) moneda corriente, según el siguiente detalle:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 33500 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 15.
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata él artículo anterior, adicionase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia en la cantidad de tres millones .trescientos cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y seis pesos ($ 3 346.756.00) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 33500 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 15.
Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y -publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de noviembre de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Lleras Martínez. El Ministro de Obras Públicas, Argelino Duran Quintero.
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