por el cual se causan unas novedades en el personal civil del ramo de Guerra
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Con fecha primero (1°) de agosto de 1959, declárase insubsistente el nombramiento hecho al doctor Luis H. Logreira para el cargo de Veterinario del Batallón de Artillería número 2 "La Popa" por haber sido declarada en receso la Unidad en mención. No se le adeudan vocaciones, y queda sujeto a lo dispuesto por el artículo 11 del Reglamento de Aptitud Psicofísica para el personal de las Fuerzas Armadas.
Artículo 2° Modificase la parte pertinente del Decreto número 1800 para el 30 de junio de 1959, en lo concerniente a los siguientes profesionales Doctor Julio Durán Tavera, del Batallón de Infantería número 21 "Vargas". No tiene derecho a los tres meses de alta, por haber sido causada su baja a solicitud propia.
Doctor Luis A. Baldion, del Centro de Ingenieros Militares, queda dado de alta por tres meses en la contaduría respectiva, ya que su baja fue causada por no haber acreditado título universitario.
Artículo 3° Declárase sin valor la parte pertinente del Decreto número 1800 para el 30 de inicio de 1950, en el sentido de expresar que al doctor Alfonso Rojas Zarate, del Centro de Ingenieros Militares, se le aceptó la renuncia por Decreto número 1375 de 1959.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de agosto de 1959.
ALBERTO LLERAS
Brigadier general Rafael Hernández Pard, Ministro de Guerra
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.