Por el cual se modifica el actual régimen de competencias de la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación

Rango Decreto
Publicación 1989-10-07
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 30 de 1987,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Funciones. La Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación tendrá las siguientes funciones:
ARTICULO 2º. Atribuciones de Policía Judicial. Los empleados de la Oficina de Investigaciones Especiales cumplirán funciones de Policía Judicial. Las atribuciones y valor probatorio de sus actuaciones se rigen por las normas del Código de Procedimiento Penal.

Para el cumplimiento de sus funciones la Oficina de Investigaciones Especiales podrá requerir la colaboración de las autoridades de todo orden.

ARTICULO 3º. Jefatura. La Oficina de Investigaciones Especiales tendrá un Jefe que cumplirá las siguientes funciones:
ARTICULO 4º. El Procurador General de la Nación podrá radicar equipos de trabajo, según las necesidades del servicio, en cualquier lugar de la República.
ARTICULO 5º. El personal adscrito a la Oficina de Investigaciones Especiales deberá reunir los siguientes requisitos:
ARTICULO 6º. El personal que actualmente labora en la Procuraduría General de la Nación, desempeñando alguno de los cargos que integran la Oficina de Investigaciones Especiales y no llene los requisitos establecidos en el presente Decreto, continuará en el ejercicio de los mismos siempre y cuando supere satisfactoriamente el respectivo curso de inducción.
ARTICULO 7º. El Procurador General de la Nación podrá, según las necesidades del servicio, adscribir en la Oficina de Investigaciones Especiales a cualquiera de los funcionarios que laboran en la entidad.
ARTICULO 8º. El presente Decreto rige desde su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 7 de octubre de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Comunicaciones, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia,

Carlos Lemos Simmonds.

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