Por el cual se crea un Banco Cafetero y de Exportaciones
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1º. Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros para que con cargo al Fondo Nacional del Café, suscriba hasta cincuenta millones de pesos en acciones de un banco comercial que se denominará "Banco Cafetero" y cuyo objeto principal será financiar la producción, la recolección, el transporte y la exportación de café y de otros productos agrícolas.
Artículo 2º. El Banco podrá hacer todas las operaciones autorizadas por la ley para los bancos comerciales, y podrá ser accionista del Banco de la República.
Artículo 3º. El "Banco Cafetero" tendrá como único accionista a la Federación Nacional de Cafeteros, y estará sujeto a las leyes que regulen la industria bancaria en Colombia y al pago de todos los impuestos nacionales, departamentales y municipales que graven esta clase de instituciones.
Artículo 4º. La junta directa del "Banco Cafetero" se compondrá de cinco miembros, que serán nombrados así: tres por el Comité Nacional de Cafeteros, y dos directamente por el Presidente de la República. El Gerente será nombrado por el Presidente de la República, de terna que le presente la Junta Directiva.
Artículo 5º. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de septiembre de 1953.
Teniente GeneralGUSTAVO ROJAS PINILLA.
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Justicia,
Antonio Escobar Camargo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier GeneralGustavo Berrio Muñoz.
El Ministro de Agricultura,
Brigadier GeneralArturo Chary.
El Ministro del Trabajo,
Aurelio Caicedo Ayerbe.
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía.
El Ministro de Fomento,
Alfredo Rivera Valderrama.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Nel Rueda Uribe.
El Ministro de Educación Nacional,
Manuel Mosquera Garcés.
El Ministro de Comunicaciones,
CoronelManuel Agudelo.
El Ministro de Obras Públicas,
Santiago Trujillo Gómez.
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